Monotributo: cuánto se va a pagar en cada categoría a partir de enero de 2024
Con la primera actualización del gobierno de Javier Milei, que en este caso convalidó las
escalas que habían sido anunciadas por la gestión anterior, los contribuyentes tendrán que
efectivizar la primera recategorización del año, que cuenta con el lunes 22 de enero como
fecha límite para hacer el trámite.
Mediante esta recategorización, los monotributistas deben confirmar o modificar su categoría,
de acuerdo con su nivel de facturación registrado en los últimos 12 meses.
Monotributo: las escalas y las cuotas a partir de enero 2024
Categoría A: el tope anual de facturación pasará a $2.108.288,22. La cuota queda en
$12.128,39.
Categoría B: el tope anual de facturación pasa a $3.133.941,71. La cuota queda en
$13.571,75.
Categoría C: el tope anual de facturación pasa a $4.387.518,35. La cuota queda en
$15.241,42.
Categoría D: el tope anual de facturación pasa a $5.449.094,70. La cuota queda en
$19.066,46.
Categoría E: el tope anual de facturación pasa a $6.416.528,89. La cuota queda en
$24.526,43.
Categorías F: el tope anual de facturación pasa a $8.020.661,11. La cuota queda en
$29.223,11.
Categoría G: el tope anual de facturación pasa a $9.624.793,31. La cuota queda en
$33.439,61.
Categoría H: el tope anual de facturación pasa a $11.916.410,77. La cuota queda en
$56.402,68.
Categoría I: el tope anual de facturación pasa a $13.337.213,57. La cuota queda en
$81.121,96.
Categoría J: el tope anual de facturación pasa a $15.285.088,45. La cuota queda en
$93.619,47.
Categoría K: el tope anual de facturación pasa a $16.957.969,16. La cuota queda en
$106.964,65.
¿Cuándo hay que recategorizarse en el monotributo?
Para evaluar si corresponde una recategorización se debe tener en cuenta la actividad de los
últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el
encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el
consumo de energía eléctrica.
Si los parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente
corresponde realizar la recategorización. Y el importe correspondiente a la nueva categoría se
abonará al mes siguiente a la recategorización.
La recategorización se realiza del 1 al 20 de enero (en este caso la fecha tope es el lunes 22 de
enero) y en julio, siguiendo los pasos indicados en la guía “Recategorización de Monotributo”
de la AFIP.
Si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer
la recategorización. En tanto, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no
deberán efectuar ninguna acción.