MEDICINA PREPAGA NUEVOS TOPES
La Superintendencia de Servicios de Salud, regula las prestaciones de primero y segundo nivel que podrán dar lugar al cobro de copagos, en los planes de cobertura que las Entidades de Medicina prepaga deben ofrecer.
Además se estructuran topes máximos que deben aplicarse a partir del 1° de Febrero y por un límite de 18 meses a los incrementos autorizados del valor de las cuotas de los contratos de medicina prepaga que deben pagar los afiliados contratantes que posean ingresos netos inferiores a 6 salarios mínimos vitales y móviles.