Exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago
Monotributo
Exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago
En el día de la fecha se publicó en BO la Resolución General (AFIP) 5.025/2021, a través de la cual se extiende hasta el día 2 de agosto de 2021, la suspensión dispuesta en el artículo 1° de la Resolución General N° 4.687, sus modificatorias y complementarias, del procedimiento referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4.309, su modificatoria y complementaria.
Por otro lado, se extiende la suspensión prevista en el artículo 2º de la Resolución General N° 4.687, sus modificatorias y complementarias, respecto de la consideración de los meses de mayo, junio y julio de 2021, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática prevista en el artículo 36 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y su modificatorio.