NUEVO PLAN DE FACILIDADES DE AGIP PARA Inmobiliario, ABL, Patentes

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) dispuso un Nuevo Plan de Facilidades mediante la Resol. 02/2021, con condonación de intereses y en cuotas, para aquellos contribuyentes que posean deudas de los Impuestos Inmobiliarios, ABL y Patentes.

El nuevo plan estará vigente desde hoy 01 de febrero hasta el 30 de junio de 2021, y permitirá incluir las deudas generadas entre el 01 de enero de 2019 y el 30 de octubre de 2020.

Será requisito para la adhesión y el correspondiente pago de las cuotas, la presentación de una Clave Bancaria Uniforme (CBU) como así también la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE).

Quienes se adhieran antes del 15/03 tomando la opción de pagar hasta en 6 cuotas, recibirán la condonación del 100% de los intereses y, para adherirse a la Moratoria, deberán optar por el servicio «Plan de Facilidades» a través de Clave Ciudad, seleccionando la opción «Res. 02/2021«

Características del Plan:

 Períodos a incluir: 

–  Inmobiliario/ABL: cuota 01/2019 a 10/2020

 – Patentes: cuota 01/2019 a 05/2020.

– Monto máximo de la deuda a incluir: $1.500.000.-

– Valor de cuota mínima: $1.000.-

– Débito automático de las cuotas en la CBU informada.

– Sin intereses de financiación.

– Con condonación de intereses resarcitorios en función de la cantidad de cuotas solicitadas y el momento del acogimiento.

– No admite la refinanciación de planes vigentes.

La deuda total a regularizar podrá ingresarse en hasta doce (12) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, aplicándose los beneficios en función de la fecha de acogimiento y la cantidad de cuotas seleccionadas

Importante: Para deudas generadas por Diferencias Fiscales de Avalúo de Inmobiliario/ABL que se hayan producido en el período enero 2019 y octubre 2020, la adhesión a la Moratoria deberá gestionarse a través de Info Agip, seleccionando la opción «Trámites Presenciales».

Rehabilitación de planes caducos o nulos: A partir del 1 de marzo próximo se podrán rehabilitar aquellos planes caídos que hubieran quedado caducos o nulos en el período fiscal 2020 y a los cuales los contribuyentes hubieren adherido anteriormente Esta rehabilitación permitirá mantener las condiciones y los beneficios establecidos al momento de su suscripción. Para la rehabilitación de un plan caído se debe ingresar al aplicativo “RePCa” con Clave Ciudad.La misma será realizada de oficio por el organismo, siempre que cumpla con todas las especificaciones establecidas en la Resolución Nº 02/2021. Serán los contribuyentes y/o responsables quienes acepten o no la misma.