AFIP abrió la inscripción para que las empresas accedan nuevamente al ATP

Resolución General 4805/2020

Informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP),
mediante la Resolución General 4805/2020, establece que las empresas
podrán inscribirse al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y
la Producción (ATP) desde el 28 de agosto y hasta el 3 de septiembre
inclusive.

Los trabajadores y trabajadoras de aquellas empresas que hubieran
registrado una caída nominal en su facturación entre los meses de julio
de 2020 y 2019 accederán al salario complementario.

A su vez, las firmas cuya facturación nominal muestre en julio una
variación interanual positiva entre 0% y 40% podrán tramitar un Crédito
a Tasa Subsidiada del 15%.

Además, el gabinete económico resolvió que las empresas que mantengan o
incorporen trabajadores recibirán beneficios, y además se sumarán a
nuevos sectores que podrán acceder al programa como jardines maternales,
transportes escolares y gastronomía.

De esta manera, el Gobierno mantendrá el mismo esquema con el agregado
de que los créditos a tasa subsidiada, destinados a todas las empresas
con incremento de facturación de 0% al 30% junio 2020 versus junio 2019,
puedan convertirse en subsidios siempre y cuando se conserven y creen
nuevos puestos de trabajo.