Impuesto a la transferencia de inmuebles

Este lunes 8 de julio, se publicó en el Boletín Oficial la Ley N° 27.743, que
deroga el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de personas humanas y
sucesiones indivisas (ITI). Esta medida está incluida, como muchas otras,
en la Ley Bases.
El Impuesto a la Transferencia de Inmuebles es un gravamen que se aplica
sobre las transferencias de dominio a título oneroso de inmuebles ubicados
en el país. Es decir, un impuesto a la venta, permuta, cambio, dación de pago
de un inmueble propio (por cualquier porcentaje) por el cual obtenga un
beneficio.

Punto final al impuesto ITI para la transferencia de inmuebles
Como parte de las modificaciones que lleva adelante la Ley Bases, se decidió
que hoy deja de regir el impuesto ITI, que pagaban los propietarios al vender
un inmueble y equivalía al 1,5% del precio de venta.
El impuesto ITI rige desde 1991 bajo la Ley 23.905. Con este impuesto, una
propiedad de u$s150.000, representa un valor de u$s2.250.
La Ley Bases incluye la declaración de la emergencia pública, la reforma del
Estado, las privatizaciones de las empresas y sociedades de propiedad total o
mayoritaria estatales, entre otras medidas. Se publicó hoy en el Boletín
oficial, lo que ya la habilita a entrar en vigencia.