Monotributo 2021:

Aspectos principales del proyectoMonotributo: AFIP agrega un trámite previo a la recategorizaciónCómo hacer la recategorización del Monotributo y qué tener en cuenta para  no quedar excluido |

El Gobierno envió un proyecto de ley al Congreso de la Nación que permite abordar distintas problemáticas estructurales y coyunturales experimentadas por los monotributistas.

Las modificaciones propuestas apuntan a armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar los monotributistas.

La medida beneficia a todos los monotributistas porque establece un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general 

Régimen para monotributistas que hubieran pasado al régimen general pero no lo hicieron porque estuvieron suspendidas las exclusiones (octubre 2019 -diciembre 2020)

Si el contribuyente se excedió en la facturación en hasta un 25% (inclusive), tiene la opción de quedarse en el monotributo, pagando un monto adicional y pasando a la categoría correspondiente.

Si durante el período el contribuyente se pasó en forma voluntaria al régimen general y obtuvo desde entonces ingresos superiores de hasta un 25% más que el tope de la categoría máxima del régimen simplificado puede volver a ser monotributista.

Si el contribuyente se excedió en la facturación más de un 25% y en forma voluntaria eligió pasar al Régimen General tendrá un crédito fiscal en materia de IVA (reducción del saldo deudor en el IVA del 50% en el año posterior al pase de régimen, del 30% el siguiente y del 10% el tercero).

Puente transitorio

Año 2020

– Quienes excedieron más de un 25% pero su facturación no superó el 50% de las ventas totales anuales para una microempresa durante 2020 pasarán al régimen general y deben pagar Ganancias e IVA. El proyecto les permite computar créditos fiscales presuntos en IVA y gastos fiscales presuntos en Ganancias. Además contarán con una deducción especial adicional.

Año 2021

Las personas que hubiesen resultado excluidas durante 2021 pasarán al régimen general y tendrán una serie de beneficios:

  • Crédito fiscal adicional en IVA al que les correspondería por sus compras.
  • Deducción adicional en Ganancias por un importe adicional a sus gastos.

Puente permanente (vigente a partir de 2022)

Aplicable a personas excluidas y quienes realicen la renuncia voluntaria (siempre que su facturación en exceso no supere el 50% de las ventas totales anuales para una microempresa).

  • Crédito fiscal adicional en IVA equivalente al impuesto que se les hubiera facturado y discriminado en los 12 meses anteriores a la fecha de la exclusión o renuncia
  • Deducción adicional en Ganancias equivalente el monto neto de IVA facturado durante los 12 meses anteriores a la fecha de la exclusión o renuncia.
  • Mecanismo de promoción para el régimen general: los contribuyentes que pasen voluntariamente al RG tendrán un beneficio adicional que consiste en una reducción del saldo deudor en el IVA que será del 50% en el año posterior al pase de régimen, del 30% el siguiente y del 10% el tercero.